Conciliaciones

¿Qué tarea realiza esta área?

Es la encargada de la prevención y solución de conflictos individuales de trabajo producidos entre empleador y trabajador.

¿Dónde debo efectuar la denuncia por incumplimientos de mi empleador?

Las denuncias deben ser efectuadas en forma personal en nuestras oficinas.

¿Qué necesito para hacer un Reclamo (Individual) contra mi empleador?

  1. Si no tiene representación gremial deberá presentarse previamente a la oficina de Reclamos quien es la que inicia el reclamo y luego le otorga un turno para la audiencia.
  2. En caso que la actividad este agremiada debe concurrir a la entidad gremial que lo representa y juntos presentan una nota por triplicado por mesa de entrada del organismo donde debe explicar claramente el reclamo y los datos del empleador, como así el domicilio de ambos, solicitando una audiencia de Conciliación.

¿Cómo debo presentarme el día de la audiencia?

  1. Presentarse con D.N.I

¿Debo presentarme con un abogado a la audiencia de conciliación?

No es necesario concurrir con abogado particular, a la Conciliación, se le provee asesoramiento legal gratuito.

Si la patronal no puede presentarse a la audiencia de conciliación; ¿qué debe hacer?

La patronal deberá presentarse por Mesa de Entradas del organismo con una NOTA justificando el impedimento de comparecer a la audiencia de conciliación. El actuante evaluará la justificación del pedido.

Soy menor de edad; ¿Cómo debo concurrir a una audiencia?

Si el trabajador es menor de edad deberá concurrir a la audiencia de conciliación con sus padres o tutores.

Si soy un apoderado; ¿qué debo llevar a la audiencia?

En ese caso deberá presentarse con el poder que acredite la personería invocada.

¿Si soy apoderado de una empresa y/o varias, en la que participa de las audiencias en forma continua ,puedo registrar el poder?

Si puede debe presentarse a la Dirección de Relaciones laborales, Departamento de Auditoria Interna, donde verificaran si la firma que representa se encuentra empadronada y luego se procederá a registrar el poder.

¿Qué debo llevar para la registraciòn del poder?

Debo llevar copia certificado y/u original del poder bajo actuación Notarial, como así credencial de abogado y/o documento. Donde se le extenderá una credencial de registro que le permite actuar en todos los trámites que realice en el organismo laboral en la pcia., por cuanto que el registro está en la red del sistema informático.

¿Qué es un Acuerdo Espontáneo?

Cuando las partes hayan arribado a un acuerdo conciliatorio en forma espontánea.

¿Cómo realizo un Acuerdo Espontáneo?

  • El acuerdo debe ser presentado por escrito, por triplicado con la identificación de las partes, como así la mención de la legislación y artículos sobre los que versa el acuerdo, respaldando la documental de acuerdo al acuerdo que se suscribe ( telegrama, recibos de haberes, etc.) las partes deberán concurrir personalmente (acreditando su identidad y representación con CI, LE, o DNI e instrumento de personería si correspondiere) y abonar el arancel respectivo.
  • para la ratificación de los acuerdos espontáneos se deberá reservar turno previamente en la dirección de reclamos laborales y conciliaciones de la delegación correspondiente https://trabajo.neuquen.gov.ar/delegaciones/