Violencia laboral

El estado Provincial a través de la Subsecretaría de Trabajo tiene como objetivo promover y difundir los ambientes de trabajo libres de violencia, con acciones dirigidas al ámbito privado. (si Ud. es empleado/a público/a de la provincia del Neuquén, por favor seguir el siguiente enlace: https://violencialaboralnqn.lineaseticas.com)

Trabajar en ambientes libres de violencia es un derecho humano fundamental. Así queda establecido en la LEY NACIONAL 27.580. Norma legal que incorpora el CONVENIO 190 de la OIT al marco legislativo nacional.

Es importante que empleadores/as y trabajadores/as puedan estar informados y sensibilizados frente a una temática compleja, y que requiere de la participación de todos los actores del mundo del trabajo para poder ser abordada de manera oportuna y satisfactoria.

¿A qué llamamos violencia laboral?

“La expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y b) la expresión «violencia y acoso por razón de género» designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual”.

Oficina de Asesoramiento en Violencia Laboral en el ámbito privado

La Subsecretaría de Trabajo pone a disposición de la comunidad la presente Oficina a fin de brindar asesoramiento y asistencia a trabajadores/as y empleadores/as en el ámbito privado.

Cualquier consulta sea que provenga del sector empleador o de parte de empleados/as, es de carácter confidencial.

En caso de solicitar asistencia a la oficina, la misma tiene como objetivo único y prioritario alcanzar el cese de cualquier acto de violencia laboral, (física, sexual, psicológica), incluyendo también la violencia de género, en el marco de la LEY PROVINCIAL 2786; con la finalidad de que se efectivice el derecho pleno a poder desarrollar la actividad laboral en ambientes de trabajo libres de violencia.

 

Consultas empleadores/as
 
Consulta trabajadores/as